El Pleno del Senado de la República aprobó en lo general, con 90 votos a favor, tres en contra y tres abstenciones, el dictamen por el que se expide la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas y reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

El objetivo es establecer la distribución de competencias y la coordinación entre autoridades de los distintos órdenes de gobierno, a efecto de generar certeza en el establecimiento de bases penales que impulsen un andamiaje en materia de tipos penales, que permita el combate de la desaparición forzada de personas.

Establece que a quien incurra en este delito se le impondrá una pena de cuarenta a sesenta años, y de diez mil a veinte mil días multa, además de que dichas sanciones pueden ser aumentadas hasta en una mitad cuando la persona muera, sea migrante, niña, niño o adolescente, mujer, mujer embarazada, persona con discapacidad o persona mayor, sea periodista o defensor de derechos humanos.

La desaparición forzada cometida por particulares se le impondrá pena de veinticinco a cincuenta años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa.

Asimismo, la legislación crea el Sistema Nacional de Búsqueda de personas, cuyo objetivo es diseñar y evaluar de manera eficiente y armónica los recursos del Estado Mexicano para establecer las bases generales, políticas públicas y procedimientos entre autoridades de todos los órdenes de gobierno, para la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.

También, se crea la Comisión Nacional de Búsqueda, a quien se mandata la ejecución y seguimiento de acciones de búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas.

El Sistema estará integrado por los titulares de la Secretaría de Gobernación, quien lo presidirá, la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Procuraduría General de la República, y la Comisión Nacional de Búsqueda, quien fungirá como Secretaría Ejecutiva del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

También se crea un Consejo Ciudadano, como órgano de consulta del Sistema Nacional, cuyo objetivo fundamental es el involucramiento de la sociedad civil de las víctimas en el seguimiento de las actividades que desarrollará el Sistema.

La Comisión Nacional de Búsqueda contará con grupos de búsqueda, los cuales deberán ser integrados por servidores públicos especializados en la materia, los cuales podrán auxiliase por expertos y cuerpos policiales especializados.

Una de las características fundamentales de la legislación es la investigación de los delitos a través de una Fiscalía Especializada, adscrita a la Procuraduría General de la República y a las procuradurías locales, a fin de tener autoridades especializadas.

Establece el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas. La ley describe y emplea los protocolos necesarios, que incluyen las directrices de actuación en los procesos de búsqueda, atendiendo a las causas y circunstancias en que ocurrieron las conductas y formas de los reportes, las denuncias de la desaparición, los procedimientos de investigación ministerial, pericial y policial.

Incluye un mecanismo de apoyo en el exterior, el cual representará un conjunto de acciones y medidas tendientes a facilitar el acceso a la justicia y el ejercicio de acciones para la reparación del daño a personas migrantes o sus familias.

La presidenta de la Comisión de Justicia, Pilar Ortega Martínez señaló que la desaparición forzada de personas representa un flagelo que vulnera los principios fundamentales de los derechos humanos, ya que destroza la dignidad de la víctima, pone en riesgo su integridad física, psicológica y destruye su seguridad personal y familiar.

La senadora Angélica de la Peña Gómez, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, indicó que las comisiones definieron este delito como continuo e imprescriptible, y se configuró la búsqueda, separada de la investigación, a través de la Comisión de Búsqueda, “pero siempre de manera integral, por ello, añadió, este precepto representa uno de los más característicos”.

La presidenta de la Comisión de Gobernación, Cristina Díaz Salazar, señaló que la desaparición forzada de personas afecta los valores más profundos de toda sociedad, ya que constituye un ultraje a la dignidad humana, a la libertad y a la seguridad de las personas y en los últimos años ha tomado dimensiones como nunca antes en la historia reciente.

La senadora Graciela Ortiz González, a nombre de la comisión de Estudios Legislativos, dijo que el documento establece en su capitulado un instrumento jurídico de gran importancia para el Estado mexicano, pero fundamentalmente para las familias de los desaparecidos.

Layda Sansores San Román, del PT consideró que esta no es la ley que merecían las víctimas del delito de desaparición forzada o que requería México, pues dijo que parece más un documento para cumplir con las presiones internacionales.

Del Grupo Parlamentario del PAN, la senadora Marcela Torres Peimbert, precisó que se da un paso a un Estado con mayores límites en el ejercicio del poder que detenta y comprometido con su ciudadanía, para brindarle acceso real al derecho a la verdad, justicia y reparación del daño, pero sobre todo, para que no se repetir esta infamia.

La senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza, del Grupo Parlamentario del PRD, resaltó que con esta ley se atiende una exigencia humana primaria, el derecho a la libertad y a la vida. El fenómeno de la desaparición forzada se incrementó desde hace 10 años, junto con la violencia.

Luisa María Calderón Hinojosa, senadora del Grupo Parlamentario del PAN, asentó que la nueva legislación “es perfectible”, pero cumple con reforma constitucional del 10 de julio de 2015 y “vamos a tratar de que mejore más adelante”.

Su compañera de bancada, Patricia Leal Islas, dijo que el nuevo ordenamiento atiende un justo reclamo de las organizaciones de la sociedad civil, que agrupan a las víctimas de este lamentable ilícito, que se ha convertido en un problema grave para México.

El senador Luis Humberto Fernández Fuentes, del Grupo Parlamentario del PT, consideró que la ley tiene bondades y garantiza dar respuesta a los familiares de las víctimas; además, dota al Estado mexicano de la posibilidad de crear un padrón oficial de desaparecidos, así como establecer una  coordinación institucional más ágil para su localización.

Héctor David Flores Ávalos, senador por el PAN, reconoció que la ley representa un gran avance; sin embargo, pidió que durante las reservas los legisladores emitan un voto razonado para resolver los errores contenidos en el dictamen, y de esta forma evitar que las familias vean frustradas sus esperanzas de que se les dé efectivamente respuesta para encontrar a sus familiares.

La senadora del PAN, Adriana Dávila Fernández, subrayó que la construcción de las leyes, principalmente aquellas relacionadas en materia de derechos humanos, debería estar alejada de intereses electorales tanto del gobierno como de la oposición, pero desafortunadamente esos intereses siempre intervienen para la construcción de cualquier ordenamiento.

El senador del Grupo Parlamentario del PT, Fidel Demédicis Hidalgo, comentó que por fin el pueblo mexicano va a tener un instrumento legal que va a combatir el flagelo de la desaparición forzada que vive el país.